1- Comunicado del ministro Calzadilla publicado en el diario PANORAMA, Maracaibo, edo. Zulia, el pasado domingo 24 /11/13, pag. 7, dirigido especialmente al personal jubilado.
El punto 4 de este reza así:
1. "El
personal jubilado o pensionado con jubilación o pensión equivalente al 100% de
su remuneración al momento de jubilarse, no deberá tener una pensión integral
menor al salario establecido en la tabla del personal activo con dedicación,
categoría o grado equivalente".