Absalón Méndez Cegarra
El empeño gubernamental en
destruirlo todo, bajo el amparo de una supuesta revolución, al parecer,
no tiene límites. El gobierno, coincidiendo, curiosamente, con
las más rancias propuestas neoliberales, es decir, aquellas que ven en las
reivindicaciones de los trabajadores y en sus organizaciones clasistas,
potenciales o reales obstáculos al progreso económico y social, se
propone acabar , como lo hizo con el sindicalismo, la organización gremial
universitaria, representada en las asociaciones de profesores universitarios
y en la federación que las agrupa: la Federación de Asociaciones de
Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV), la cual tiene afiliadas a 18
Asociaciones y a más de 40.000 profesores.
Para lograr tan
despreciable objetivo ha estimulado el paralelismo sindical, promoviendo la
creación de sindicatos patronales, con dirigentes oficialistas impuestos,
carentes de representatividad y legitimidad. Tres argumentos se esgrimen como
justificación de esta lamentable práctica anti trabajadora.
Primero, la
necesidad de convertir las asociaciones gremiales en organizaciones
sindicales. Segundo, la convocatoria a discutir una “Normativa Laboral”,
sectaria y excluyente, pero, igual, para todas las
categorías de trabajadores universitarios, sin considerar las especificidades
existentes entre la actividad académica y de investigación, como razón de ser
de una Universidad, y los factores de apoyo que coadyuvan o contribuyen al
logro del fin supremo universitario. Tercero, el supuesto desgaste u obsolescencia
de las “Normas de Homologación”, en tanto régimen impuesto en la década de
los años 80 para regular las relaciones laborales del profesorado
universitario, en aspectos particulares de la relación laboral, por ejemplo,
salario y beneficios socio-económicos.
Con el primer argumento se procura
deslegitimar un gremio universitario con gran arraigo
en Venezuela, con una tradición de lucha indiscutible, altamente
representativo del profesorado universitario, tal es el caso de la FAPUV. Para
levantar las banderas de defensa de los trabajadores, éstos han creado, a lo
largo de la historia humana, diversidad de organizaciones: cofradías,
gremios, hermandades, mutualidades, montepíos, sociedades de
socorro mutuo, asociaciones, sindicatos, etc.
Los gremios
profesionales, como el de los profesores universitarios, suelen
organizarse en asociaciones civiles, sin fines de lucro, orientadas a
proteger y defender a sus asociados.
El derecho de asociación existe en
Venezuela y la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, lo establece en el artículo 52, en los términos siguientes:
“Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad
con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”.
Más adelante, en el artículo 118, se reconoce el “derecho de los
trabajadores (…) para desarrollar asociaciones de carácter social y
participativo (…)”; por consiguiente, la asociación es una forma de
organización válida de toda persona y, por supuesto, de los trabajadores. Sin
ánimo peyorativo, no se necesita ser un sindicato o estar afiliado a un
sindicato para defender los derechos de los trabajadores. Lo que está
planteado es deslegitimar la representatividad de la FAPUV para que entren en
escena otras federaciones de corte oficialista.
El segundo y tercer argumento
carecen totalmente de fundamentación y se inscriben en el mismo campo del
propósito anterior, es decir, negar la facultad que tiene la FAPUV y sus
asociaciones afiliadas, para negociar con los patronos o empleadores de
los profesores universitarios, es decir, con las Universidades, cuando se
trate de Universidades autónomas, con personalidad jurídica propia, en tanto
establecimientos públicos de carácter corporativo, las condiciones generales
bajo las cuales el profesorado prestará sus servicios personales, lo
que se conoce como contratación colectiva.
La contratación colectiva de
trabajo es, igualmente, un derecho de los trabajadores. La Constitución de la
República lo establece en el artículo 96, en los términos siguientes:
“Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del privado
tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar
convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca
la ley.
El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para
favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos
laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y
trabajadoras activos y activas al momento de su suscripción y a quienes
ingresen con posterioridad.” Este derecho lo ha venido ejerciendo,
de manera reiterada, por un lado, la FAPUV, mediante un instrumento
impuesto por el Estado: Normas de Homologación, que, sin constituir
una vía de negociación colectiva, contempla la participación gremial.
La FAPUV lo defiende y hace de la vigencia de este instrumento un
punto de honor, por contemplar un mecanismo de indexación parcial del
salario; y, por otro lado, las asociaciones de profesores de cada
Universidad, mediante contratos o convenciones colectivas que, en el pasado,
asumieron el carácter de “Actas Convenio”, en la actualidad, en su mayoría,
vencidas y casi totalmente incumplidas, por lo que se impone su actualización
y un activismo gremial que extreme su cumplimiento cabal.
Resulta inexplicable que se pretenda excluir a la
FAPUV de un proceso de discusión de condiciones generales de trabajo en el
sector de la educación universitaria en Venezuela, simplemente, porque
al gobierno no le resulta de su agrado su participación; pero, sin duda
alguna, lo más grave, es que tal hecho lo auspicie y avale algunos
sectores de trabajadores, aparentemente adeptos al gobierno de turno, suerte
de esquiroles contratados para dividir y vencer, y, que, además,
quieran imponerles a los restantes trabajadores, lo que entienden por
reivindicaciones, tratando igual lo que es desigual.
¡Albricias por la
democracia y el pluralismo laboral en Venezuela!
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